¿Abren las tiendas en Cataluña en domingo y festivo?
Calendario de apertura comercial 2026, próximos festivos y qué abre cada día.
Es un día laborable en Cataluña: los comercios abren con su horario habitual.
En Cataluña, los comercios solo pueden abrir los domingos y festivos que fija cada año el Gobierno autonómico, salvo los que tienen libertad de horarios por ley. Aquí tienes el calendario de 2026 y lo que pasa en cada uno de los próximos festivos.
Más dos días que fija cada ayuntamiento; si no los comunica, se aplican el 11 de enero y el 8 de diciembre.
Domingos y festivos de apertura en 2026
- 4 de enerodomingo
- 15 de agostosábado
- 12 de octubrelunes
- 29 de noviembredomingo
- 6 de diciembredomingo
- 13 de diciembredomingo
- 20 de diciembredomingo
- 27 de diciembredomingo
Además, los días que fije cada ayuntamiento (si no los comunica: 11 de enero y 8 de diciembre).
Fuente: Orden EMT/77/2025, de 22 de mayo (DOGC n.º 9421, de 27 de mayo de 2025), recogida en el calendario del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa.
Próximos domingos y festivos
| Fecha | Motivo | Comercios |
|---|---|---|
| Domingo 29 de noviembre | Domingo | Pueden abrir |
| Domingo 6 de diciembre | Domingo | Pueden abrir |
| Martes 8 de diciembre | Inmaculada Concepción | Pueden abrir |
| Domingo 13 de diciembre | Domingo | Pueden abrir |
| Domingo 20 de diciembre | Domingo | Pueden abrir |
| Viernes 25 de diciembre | Natividad del Señor | Cerrado en general |
| Sábado 26 de diciembre | San Esteban | Cerrado en general |
| Domingo 27 de diciembre | Domingo | Pueden abrir |
| Viernes 1 de enero | Año Nuevo | Calendario pendiente |
| Domingo 3 de enero | Domingo | Calendario pendiente |
| Miércoles 6 de enero | Epifanía del Señor | Calendario pendiente |
| Domingo 10 de enero | Domingo | Calendario pendiente |
Por provincia
Preguntas frecuentes
¿Cuántos domingos y festivos pueden abrir los comercios en Cataluña?
En 2026, 8 días en total, según el calendario autonómico.
¿Qué tiendas pueden abrir siempre?
Las que tienen libertad de horarios por la ley estatal: comercios de menos de 300 m² que no pertenecen a grandes grupos, panaderías, pastelerías, venta de prensa, gasolineras, floristerías, tiendas de conveniencia y los comercios de zonas de gran afluencia turística.
